La ley 24.901 instituye el Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral a Favor de las Personas con Discapacidad. Las obras sociales tienen a su cargo la cobertura total de las prestaciones básicas enunciadas en la mencionada ley.
COBERTURA
Los beneficiarios recibirán las prestaciones que indiquen los profesionales médicos de la cartilla que darán la orientación para servicios y tratamientos específicos.
Los beneficiarios deben acreditar su condición presentando el Certificado de Discapacidad vigente emitido por autoridad competente
En caso de factores de riesgo en el recién nacido, se otorgaran prestaciones preventivas extremando controles y exámenes complementarios.
Las prestaciones que corresponden a la discapacidad acreditada se brindan al 100%. Por tratarse de una cobertura integral, excede a la establecida en el Programa Médico Obligatorio (PMO).
Los medicamentos que son inherentes a la patología específica de la discapacidad, se brindan al 100%.
REQUISITOS EXPEDIENTES 2026
IMPORTANTE
La documentación a presentar está elaborada según normativa vigente de SSSalud. (en esta página encontrará los INSTRUCTIVOS y FORMULARIOS modelo de acuerdo al servicio solicitado).
UNICOS CAMBIOS PARA 2026:
* RECETA MÉDICA ELABORADA EN FORMATO ELECTRÓNICO
* CERTIFICADO DE ESCOLARIDAD CON CUE DEL ESTABLECIMIENTO
Consultas sobre expedientes: discapacidad@aomaosam.org.ar
PRESTACIONES
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